ACLARACIÓN sobre el efecto de la restauración del programa de DACA reciente:
A partir del Lunes hemos recibido un sin número de llamadas de personas que no han aplicado nunca para DACA. Les aclaro que el programa de DACA en cuanto a sus requisitos no ha cambiado en absoluto los mismos requisitos aplican. La orden del Juez sólo permite que personas que no aplicaron en el pasado, y que eran elegibles anteriormente, ahora tengan esa segunda oportunidad.
No se expandio o se modificaron las condiciones o requerimientos desde su creación en el 2012.
Quién califica para DACA:
1. Aquella persona que haya residido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007; y
2. Aquella persona tuvo que haber entrado a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años; y
3. Demostrar que la persona estaba físicamente presente el 15 de Junio del 2012; y
4. Estar estudiando, ser graduado de la preparatoria o haber obtenido su GED.
2. Aquella persona tuvo que haber entrado a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años; y
3. Demostrar que la persona estaba físicamente presente el 15 de Junio del 2012; y
4. Estar estudiando, ser graduado de la preparatoria o haber obtenido su GED.
5. Ser menor de 31 años el 15 de Junio del 2012; y
6. No tener algún tipo de convicción o delito.
Sincerely/Atentamente,
Erika Rodriguez, Esq.
Law Office of Erika Rodriguez
1450 Frazee Rd., Ste 303
San Diego, CA 92108