Cada año, el gobierno de Estados Unidos reserva un número limitado de visas para víctimas de ciertos delitos, violencia conyugal y doméstica, y tráfico humano. Estas visas de no inmigrantes brindan un estatus temporal a las personas en Estados Unidos que son o han sido víctimas de una forma grave de tráfico humano o que han sufrido abuso físico o mental sustancial. Los destinatarios previstos de estas visas son personas que han sido víctimas de trata de personas, esclavitud, servidumbre involuntaria y mujeres y niños inmigrantes que han sido víctimas de violencia. Estas visas son similares a las disponibles para los refugiados y, si se cumplen todas las condiciones, ofrecen a los beneficiarios la posibilidad de solicitar el estatus de residente permanente en el futuro.
Aquí hay una breve descripción de cada una de estas clases de visas junto con sus requisitos de elegibilidad:
Visa U: Víctimas de actividad delictiva
La Ley de Protección a las Víctimas del Tráfico y la Violencia de 2000 creó un estatus especial llamado visa U con el fin de alentar a los inmigrantes indocumentados que han sido víctimas de ciertos delitos a que denuncien y ayuden a las fuerzas del orden en la investigación y enjuiciamiento de los delincuentes. La idea principal detrás de la visa U es brindar a los inmigrantes indocumentados un medio seguro para denunciar delitos graves sin temor a ser deportados debido a su estatus migratorio; de hecho, proporciona una vía hacia la residencia permanente para las víctimas y sus dependientes. Las víctimas de delitos de violencia doméstica, acecho, agresión sexual u otros delitos similares (que pueden no estar relacionados con abuso doméstico) pueden solicitar el estatus de visa U. Para ser elegible para una visa U, el solicitante debe cumplir con TODOS estos requisitos:
- Tener una certificación por las fuerzas del orden o de otra agencia acreditada de que han sido o serán útiles en la investigación o enjuiciamiento de una de las categorías de delitos enumeradas en la ley de la visa U.
- Demostrar que han sufrido abuso físico o mental sustancial debido a dicho delito.
- Demostrar que tienen información sobre la actividad delictiva descrita en la certificación.
- La actividad delictiva en cuestión debe haber ocurrido en suelo o territorio de los Estados Unidos y debe haber violado la ley estadounidense. Los solicitantes de visa U también deben ser “admisibles” a Estados Unidos, y si no lo son, deben demostrar que califican para una exención de inadmisibilidad.
Visa VAWA: Ley de Violencia contra las Mujeres
Aprobada por el Congreso en 1994, la Ley de Violencia contra las Mujeres, o VAWA, fue creada para proteger a las víctimas de abuso conyugal o doméstico que no son ciudadanas de Estados Unidos. La inmigración basada en el matrimonio en Estados Unidos depende de que el cónyuge ciudadano o residente permanente de Estados Unidos patrocine y presente peticiones en nombre de su esposo o esposa nacido/a en el extranjero para ayudarles a obtener el estatus de residente permanente (tarjeta verde). Normalmente, si el matrimonio tiene menos de dos años de duración cuando el cónyuge nacido/a en el extranjero obtiene su estatus de residente permanente legal, obtendrían una “residencia permanente condicional”. En tales casos, el cónyuge ciudadano de Estados Unidos tendría que presentar una petición conjunta con el cónyuge inmigrante para eliminar la “condición” y así obtener la residencia permanente completa (es decir, una tarjeta verde de 10 años). Sin embargo, en una relación abusiva donde hay violencia doméstica, el cónyuge ciudadano o residente permanente abusivo puede utilizar el estatus migratorio de la esposa nacida en el extranjero como un medio para obtener poder y control sobre ella. Por lo tanto, se promulgó la VAWA para permitir que las víctimas no ciudadanas de abuso obtengan el estatus de residente permanente legal por sí mismas sin que el cónyuge ciudadano o residente permanente abusivo presente nada en nombre de la víctima. Las víctimas de violencia doméstica pueden presentar una petición VAWA para obtener acción diferida, ajustar su estatus para obtener una tarjeta verde o eliminar condiciones.
Visa T: Víctimas de tráfico humano
Los traficantes de personas reclutan o secuestran a sus víctimas y las obligan a trabajar en la industria del sexo o a realizar trabajos forzados. Los traficantes a menudo utilizan el estatus social o económico de las víctimas para atraerlas y ejercer poder y control sobre ellas a través de:
- Amenazas o violencia en contra de la familia de las víctimas en sus países de origen.
- Amenazas o violencia en contra de las mismas víctimas.
- Confiscación de sus pasaportes, identificaciones y dinero, o
- confinándolas y negándoles libertad de movimiento.
Las víctimas de tráfico que han recibido una visa T tienen derecho a vivir y trabajar legalmente en Estados Unidos por un período de hasta cuatro años. El beneficiario debe proporcionar pruebas de ser víctima y brindar asistencia a las fuerzas del orden que investiguen o enjuicien actos de tráfico. Después de tener el estatus de visa T durante tres años (o antes si la investigación o enjuiciamiento del tráfico ha concluido), el beneficiario debe solicitar la residencia permanente. En algunos casos, el estatus T puede estar disponible incluso si la persona reside fuera de Estados Unidos.
Ten en cuenta que esta información es precisa hasta marzo de 2021 y puede estar sujeta a cambios. Siempre verifica el sitio web de USCIS o consulta con un abogado de inmigración experimentado para obtener información actualizada.